ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
Depende Jerárquicamente del Director del Área de Gestión Pedagógica UGEL La Mar, sus funciones
a. Elaborar el Plan Anual de Trabajo, en la especialidad que corresponda en coordinación con el equipo de trabajo y elevar a la Dirección del Área de Gestión Pedagógica para su aprobación.
b. Asesorar, orientar, capacitar e implementar a los directores y docentes de Educación Secundaria, sobre las actividades pedagógicas del año escolar
c. Promover y orientar la preparación y adecuación de normas, directivas y otros instrumentos técnico – pedagógicos.
d. Diseñar, proponer sistemas de evaluación curricular, orientados al mejoramiento de los servicios educativos de Educación Secundaria.
e. Diseñar y experimentar métodos, estrategias y/o sistemas pedagógicos y tecnológicos apropiados a la realidad local.
f. Coordinar, supervisar, monitorear y evaluar actividades de investigación, experimentación de los aspectos educacionales y de perfeccionamiento docente en el desarrollo de programas educativos.
g. Asesorar, orientar y emitir opinión técnica, sobre asuntos técnico pedagógicos puestos a su consideración de las II.EE. públicas y privadas.
h. Promover la participación de las organizaciones de base, padres de familia, la comunidad y demás sectores de la Gestión Educativa.
i. Supervisar y evaluar los proyectos educativos que se desarrollen en el medio rural de su competencia.
j. Adecuar y elaborar las normas técnico- pedagógicas a las necesidades y características de la realidad local del ámbito de su competencia.
k. Elaborar proyectos educativos para captar recursos financieros.
l. Supervisión y monitorear a las II.EE. públicas y privadas de Educación Secundaria, utilizando los instrumentos educativos, asimismo comunicar por escrito las observaciones que hubieren a lugar.
m. Informar al jefe inmediato superior sobre las acciones de verificación y monitoreo en las II.EE. de Educación Secundaria del ámbito jurisdiccional, sugiriendo y recomendando acciones correctivas que hubieren a lugar.
n. Realizar obligatoriamente la entrega del cargo de los bienes, enseres y acervo documentario al jefe inmediato superior, conforme al vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico vacaciones, licencia o suspensión que excedan los treinta (30) días calendarios.
o. Debe cumplir con los demás funciones que asigne el Director de Gestión Pedagógica.